Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio que regula la asociación o cuentas en participación, señalando que esta es esencialmente privada, no constituye persona jurídica y carece de razón social, patrimonio colectivo y domicilio, y que su formación, modificación, disolución y liquidación pueden acreditarse por libros, correspondencia, testigos u otros medios de prueba legal.