Resumen del criterio jurisprudencial
La empresa reclamante solicitó la devolución de un saldo a favor de $500.000 por concepto de Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA) en su declaración anual de impuesto a la renta del año tributario 2004, basándose en una pérdida tributaria arrastrada de ejercicios anteriores. El Servicio de Impuestos Internos (SII) rechazó la solicitud por no acreditarse la pérdida ni la procedencia del PPUA. La reclamante argumentó que la pérdida se originó por deudas contraídas en la crisis bancaria de 1983 y por la liquidación de acciones de terceros para pagar sus obligaciones. El Tribunal analizó la prueba presentada y concluyó que la empresa no logró demostrar fehacientemente la existencia y cuantía de la pérdida invocada. En consecuencia, rechazó el reclamo y confirmó la resolución del SII. Cada parte pagará sus propias costas.