Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula la nulidad de las donaciones revocables, estableciendo que son nulas cuando intervienen personas que no pueden testar o donar entre vivos, o que no pueden recibir asignaciones testamentarias o donaciones entre sí, con excepción de las donaciones entre cónyuges, que se consideran válidas como revocables.