Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 30 del DL 211 regula la acción de indemnización de perjuicios ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, tras una sentencia ejecutoriada. Se tramita por procedimiento sumario, con recurso de reposición para resoluciones interlocutorias y reclamación ante la Corte Suprema solo para la sentencia definitiva. El tribunal funda su fallo en hechos de la sentencia previa y aprecia prueba según sana crítica, abarcando todos los daños del período infractor.