Resumen del criterio jurisprudencial
Disposición final del Código Orgánico de Tribunales que regula la derogación de leyes preexistentes a su entrada en vigencia, remitiendo al artículo final de la Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales de 1875, que establece la abolición de los recursos de fuerza y la derogación de normas anteriores sobre las materias tratadas, con excepción de las disposiciones del Código Civil, Código Comercio y normas sobre instrumentos públicos y ministros de fe, que solo se derogan en lo contrar