Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones resolvió un recurso de nulidad interpuesto contra una sentencia que acogió la excepción de finiquito en una acción de tutela laboral. Se determinó que la sentenciadora erró al aplicar los artículos 177 del Código del Trabajo y 2446 del Código Civil, ya que no se puede exigir a un trabajador no letrado una redacción precisa de las acciones que se reserva. Se confirmó que el empleador no puede descontar su aporte al seguro de cesantía de la indemnización por años de servicio cuando el despido ha sido declarado improcedente. La Corte acogió parcialmente el recurso, revocando la excepción de finiquito respecto a la acción de tutela.