Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpuso recurso de protección por MENDOZA en contra de ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A. La Corte de Apelaciones respectiva declaró inadmisible el recurso en cuenta. Contra dicha resolución, la parte recurrente dedujo recurso de apelación. La Corte Suprema, en cuenta, examinó los antecedentes y consideró que en el libelo no se mencionaban hechos que pudieran eventualmente constituir vulneración de garantías constitucionales de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. En consecuencia, confirmó la resolución apelada que declaró inadmisible el recurso de protección. La decisión se fundamentó en lo dispuesto en el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. La sentencia fue pronunciada por la Tercera Sala de la Corte Suprema.