Constitucional

Artículo 78 de la Constitución Política de Chile que regula el nombramiento de los inte…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 78 de la Constitución Política de Chile que regula el nombramiento de los integrantes del Poder Judicial. Establece la composición de la Corte Suprema, el procedimiento de designación de ministros, fiscales judiciales y jueces letrados, y los requisitos y mayorías requeridas para su nombramiento y suplencia.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.