Resumen
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 125 y 129 de la ordenanza de aduanas, se tiene por no presentada la reclamación puesto que no se acredito la personería del reclamante.
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2015
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 125 y 129 de la ordenanza de aduanas, se tiene por no presentada la reclamación puesto que no se acredito la personería del reclamante.
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