Laboral

Laboral: Descansos, Compensatorio

Resumen del criterio jurisprudencial

Sí. En el caso de los trabajadores de hoteles, restaurantes, pubs, bares, discotecas y similares, las labores realizadas en el día anterior a un día de descanso deben finalizar, a más tardar, a las 00:00 horas, pudiendo traspasarse dicho límite, en casos

DescansosCompensatorio

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.