Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 18.046 sobre sociedades anónimas que regula la prelación de créditos en procedimientos concursales de liquidación. Establece que los créditos de los acreedores sociales prevalecen sobre los de los accionistas por disminución de capital, aplicándose el artículo 287 de la ley concursal a pagos ya realizados.