Resumen del criterio jurisprudencial
Se declara la existencia de una relación laboral entre el demandante Fernando Luis Baeriswyl Rada y la AGCID desde el 3 de noviembre de 2017 hasta el 17 de mayo de 2020. Se acoge la demanda declarando que la demandada vulneró la integridad física y psíquica del demandante con ocasión del despido. Se declara el despido nulo e injustificado por incumplimiento de formalidades previstas en el artículo 162 del Código del Trabajo. Se condena a la demandada al pago de remuneraciones devengadas desde la separación, cotizaciones previsionales y demás prestaciones indicadas. La sentencia de primera instancia es invalidada y reemplazada por la de la Corte de Apelaciones.