Resumen
La Corte Suprema de Chile, actuando de oficio, invalidó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que había confirmado la decisión de primera instancia. En primera instancia, el 13° Juzgado Civil de Santiago había declarado de oficio la nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento en un juicio sumario de nombramiento de juez partidor. La Corte Suprema consideró que la jueza a quo carecía de competencia para declarar dicha nulidad, ya que los demandados ya habían comparecido y estaban debidamente representados, lo que implicaba que el emplazamiento se había efectuado válidamente. El tribunal de alzada confirmó erróneamente esta decisión, afectando el debido proceso. Por ello, la Corte Suprema anuló la resolución de la Corte de Apelaciones y revocó la resolución de primera instancia, dejando sin efecto la nulidad de oficio decretada. La decisión se fundamentó en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, que permite la casación de oficio ante vicios que afecten la regularidad del procedimiento.