Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Sanitario chileno que regula el destino de las especies decomisadas en delitos contra la salud pública y de los estupefacientes incautados en procesos criminales. Establece que dichos bienes se entregarán al Servicio Nacional de Salud para su disposición, salvo que el afectado acredite su legítima adquisición con autorización conforme al Código y sus reglamentos.