Resumen del criterio jurisprudencial
Descartó que el fallo en alzada incurriera en vicios de nulidad formales y respecto de la prescripción de la acción de desposeimiento razona que el recurso no citó como infringido el artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil, que era fundamental para que pudiera pronunciarse la excepción de prescripción alegada.