Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido en contra de la Municipalidad de San Ramón, teniendo por cumplida la obligación de informar, aunque de forma extemporánea. La reclamante solicitó información relativa a los informes de cumplimiento de un ex funcionario municipal, la que no fue entregada oportunamente. Durante la tramitación del procedimiento, el municipio se allanó al fundamento del amparo y proporcionó la información requerida, adjuntando copia de lo enviado y el comprobante de notificación. El Consejo consideró que, al haberse acreditado la entrega de la información, correspondía acoger el amparo, pero declarando cumplida la obligación de informar de manera extemporánea. La decisión se adoptó por unanimidad y notificará a las partes, procediendo en su contra el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio de la reclamante.