Resumen del criterio jurisprudencial
Una jueza de familia de Mendoza declaró la inconstitucionalidad de dos artículos del Código Civil y Comercial para reconocer una triple filiación a una joven. La demandante buscaba mantener simultáneamente su filiación biológica, socioafectiva y legal ya inscripta. La magistrada ordenó al Registro Civil emitir una nueva acta de nacimiento que inscriba al padre biológico sin desplazar las filiaciones anteriores. La decisión se fundamentó en el diálogo de fuentes y en las convenciones de derechos humanos, priorizando el interés superior del niño. Se reconoció la capacidad procesal de la joven por su edad y madurez demostrada en el proceso.