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El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía no dio lugar al reclamo…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2026

Resumen

El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía no dio lugar al reclamo formulado por la contribuyente comercial vicami limitada en contra de la notificación de infracción n°1409514 emitida por el servicio de impuestos internos, por infracción al artículo 97 n°10 del código tributario, consistente en la no emisión oportuna de boletas electrónicas respecto de ventas pagadas en efectivo. el tribunal estimó acreditado, a partir de la fiscalización presencial, registros internos de ventas, antecedentes de terminales de pago y prueba testimonial de los fiscalizadores, que existió una diferencia de $152.330 entre las ventas en efectivo registradas y las boletas efectivamente emitidas. descartó las alegaciones de la contribuyente relativas a errores del software de control interno, fallas de conectividad y arbitrariedad de la fiscalización, por no encontrarse suficientemente acreditadas. asimismo, concluyó que la emisión posterior de boletas no subsana la infracción consumada. en consecuencia, confirmó la denuncia cursada y aplicó una multa equivalente al 100% del monto involucrado y la clausura del establecimiento por tres días

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Circular N° 64, de 2001
  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios
  • Decreto Ley N° 825
  • Código de Procedimiento Civil
  • Artículo 107 del Código Tributario
  • Artículo 131 bis del Código Tributario

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