Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 60 del Código Tributario chileno que regula las facultades de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos. Establece que el Servicio puede examinar inventarios, balances, libros de contabilidad y documentos del contribuyente, exigir estados de situación, confeccionar o confrontar inventarios con auxilio de la fuerza pública, y citar a declarar bajo juramento a terceros, con excepciones por parentesco y secreto profesional.