Administrativo

Artículo del Código de Aguas que obliga a las organizaciones de usuarios a remitir anua…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Aguas que obliga a las organizaciones de usuarios a remitir anualmente a la Dirección General de Aguas, antes del 31 de diciembre, la información actualizada de su registro de usuarios y derechos de aprovechamiento. El incumplimiento impide a la DGA recibir solicitudes relacionadas con derechos y es sancionado con multas.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.