Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Aguas que obliga a las organizaciones de usuarios a remitir anualmente a la Dirección General de Aguas, antes del 31 de diciembre, la información actualizada de su registro de usuarios y derechos de aprovechamiento. El incumplimiento impide a la DGA recibir solicitudes relacionadas con derechos y es sancionado con multas.