Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional de Alemania resolvió una demanda de amparo contra decisiones judiciales que condenaron al demandante por obstaculizar una manifestación debidamente autorizada mediante una contramanifestación. El tribunal estableció que la libertad de reunión es un elemento fundamental de la democracia, pero que una reunión cuyo único propósito es perturbar otra manifestación sin contribuir a la formación de opinión pública no goza de protección constitucional. Se rechazó el argumento del demandante sobre violación del deber de cita de normas constitucionales, concluyendo que la aplicación del § 21 VersG (Ley de Reuniones) fue constitucionalmente válida. La condena a una multa de 10 días de 20 euros cada uno fue confirmada como conforme a derecho.