Familia

Artículo de la Ley de Adopción de Menores que regula la competencia judicial en los pro…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley de Adopción de Menores que regula la competencia judicial en los procedimientos previos a la adopción. Establece que conocerá de ellos el juez de letras con competencia en materias de familia del domicilio o residencia del menor, definiendo el domicilio cuando se encuentre bajo cuidado del organismo de menores. Dispone además que dicho tribunal será competente para las medidas de protección del mismo menor, pudiendo acumular los procesos respectivos.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.