Resumen
La Corte Suprema revisa de oficio la regularidad formal de los recursos de casación en el fondo interpuestos por la Dirección General de Aguas y el Consejo de Defensa del Estado contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró desiertos los recursos de apelación y casación. La Corte advierte un error de tramitación: la Ley N° 20.886 de Tramitación Electrónica eliminó la carga procesal de comparecer en segunda instancia dentro de cinco días desde la recepción de los autos. Dicha ley, de carácter procesal, rige in actum y sus disposiciones transitorias solo se refieren al soporte material del expediente, no a los plazos procesales. Por tanto, la Corte de Apelaciones aplicó incorrectamente el antiguo artículo 200 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, la Corte Suprema anula de oficio la resolución de 9 de enero de 2024 y ordena a la Corte de Apelaciones dictar la resolución que corresponda para dar curso progresivo a los recursos pendientes. Se hace innecesario pronunciarse sobre los recursos de casación interpuestos.