Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago declara inadmisible el recurso de protección interpuesto por la Universidad Diego Portales en contra del Consejo Nacional de Educación respecto de la acreditación de la casa de estudios. La sentencia establece que en la presentación no se mencionaron hechos vinculados a un derecho preexistente e indubitado que constituya vulneración a garantías constitucionales del artículo 20 de la Constitución Política. Se aplica la norma de inadmisibilidad prevista en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección. La resolución ordena archivar el expediente.