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La resolución del Tribunal Constitucional en el caso -INA establece que los preceptos l…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019

Resumen

La resolución del Tribunal Constitucional en el caso -INA establece que los preceptos legales cuestionados, correspondientes al Código de Procedimiento Penal, no vulneran las garantías constitucionales de un debido proceso ni el derecho a la defensa jurídica. La Ratio Decidendi se centra en que el procedimiento penal antiguo, aunque inquisitivo y escrito, contempla mecanismos suficientes para garantizar los derechos del inculpado, tales como la posibilidad de designar abogado defensor desde el inicio de la investigación (artículo 67 del CPP), la oportunidad de contrainterrogar testigos durante el plenario, y la regulación de la ratificación de declaraciones testimoniales. Además, el Tribunal subraya que el carácter secreto del sumario es una característica inherente al sistema procesal penal antiguo y no constituye, por sí mismo, una vulneración constitucional, ya que las declaraciones y diligencias realizadas en esta etapa son provisionales y están sujetas a control y revisión en el plenario. Asimismo, se destaca que la normativa procesal penal establece un régimen de nulidades procesales que permite corregir vicios concretos en el marco del proceso, sin necesidad de recurrir a la inaplicabilidad por inconstitucionalidad. En cuanto a los Obiter Dicta, el Tribunal señala que el estándar constitucional exige que el procedimiento penal sea justo y racional, pero no implica que toda diligencia deba contar con la presencia de un abogado defensor, siempre que se respeten las garantías procesales en su conjunto. También se menciona que el sistema procesal penal antiguo, aunque derogado en gran parte del país, sigue siendo aplicable en ciertas causas debido a la gradualidad en la implementación del nuevo sistema procesal penal, y que ello no implica una vulneración de derechos fundamentales. Finalmente, se enfatiza que la labor del juez instructor, aunque pueda parecer incompatible con la imparcialidad, está regulada por normas que buscan garantizar una investigación equilibrada, como el deber de investigar tanto los hechos que agravan como los que eximen de responsabilidad al inculpado (artículo 109 del CPP). En conclusión, el Tribunal rechaza el requerimiento de inaplicabilidad al considerar que las normas cuestionadas no generan indefensión ni vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva, y que el sistema procesal penal antiguo ofrece garantías suficientes para un debido proceso.

Normas citadas

  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social

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