Resumen del criterio jurisprudencial
El Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana resolvió hacer efectivo el apercibimiento decretado y tener por no presentado el reclamo interpuesto por Aguas Andinas S.A. contra el Servicio de Impuestos Internos. La reclamante no cumplió con la orden de acompañar documentos fundantes del reclmo, como el Detalle Catastral, Certificado de Avalúo Fiscal, planos, certificados municipales, y otros. Tampoco acompañó la comunicación del Proceso de Reavalúo de la Segunda Serie de Bienes Raíces No Agrícolas No Habitacionales ni la notificación legal del nuevo avalúo. El tribunal consideró que estos documentos eran esenciales para fundar el reclamo y determinar si fue interpuesto dentro del plazo legal. En consecuencia, aplicó lo dispuesto en el artículo 125 inciso 2° del Código Tributario, teniendo por no presentado el reclamo. La resolución fue notificada mediante publicación en el sitio web del tribunal y por correo electrónico.