Tributario

Una vez que la renuncia a los gananciales se verifica se entiende que el marido, causan…

Resumen del criterio jurisprudencial

Una vez que la renuncia a los gananciales se verifica se entiende que el marido, causante, es el dueño exclusivo de la totalidad de los bienes sociales, de modo que en ese caso el acto de la renuncia tiene como efecto el incremento de las asignaciones hereditarias recibidas, lo cual implica consecuencias tributarias en la masa hereditaria.

SIIjurisprudencia judicial tributaria

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.