Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 158 del Código Tributario chileno. Establece un procedimiento especial para que el contribuyente o interesado solicite al juez competente la determinación judicial del impuesto de Timbres y Estampillas cuando existan dudas sobre su monto, requiriendo informe del Servicio de Impuestos Internos y permitiendo apelación del fallo.