Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región del ñuble y biobío resolvió dar lugar en parte a la reclamación interpuesta, determinando no ha lugar a la actualización catastral de los bienes raíces mencionados, debiendo acreditarse mediante sentencia ejecutoriada de tribunal judicial civil el correspondiente dominio de las propiedades en disputa, para los efectos de su debida inscripción.