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La recurrente, PANNACCI, dedujo una acción de protección en contra del Servicio Naciona…

Resumen del criterio jurisprudencial

La recurrente, PANNACCI, dedujo una acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la resolución que no acogió a trámite su solicitud de residencia definitiva, remitiendo los antecedentes al departamento de residencias temporales. La Corte de Apelaciones rechazó la acción por estimar que no existía un acto ilegal o arbitrario. La Corte Suprema confirma la sentencia apelada, señalando que la decisión del servicio se fundó en el incumplimiento del tiempo mínimo de residencia temporal exigido por la ley. La normativa aplicable, Ley N°21.325 y su reglamento, establece requisitos de admisibilidad que no fueron cumplidos. Además, los antecedentes fueron remitidos al departamento competente para evaluar un permiso temporal, manteniendo a la recurrente en situación regular. Por lo tanto, no se advierte ilegalidad ni arbitrariedad que vulnere las garantías constitucionales invocadas.

(CIVIL) APELACIÓN PROTECCIÓNTERCERA, CONSTITUCIONAL

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.