Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Supremo resuelve sobre la protección del derecho a la propia imagen de una persona fallecida tras la publicación de su fotografía por un medio de comunicación. La sentencia reconoce que el derecho a la propia imagen de personas fallecidas sí goza de protección legal. Se estima parcialmente el recurso de casación, circunscribiendo la vulneración únicamente al derecho a la propia imagen. Se reduce la indemnización de la sentencia anterior a diez mil euros y se limitan las medidas cesatorias a la retirada de la fotografía de la fallecida. La resolución mantiene el resto de pronunciamientos de la sentencia de apelación.