Resumen
Cobreloa SADP reclamó contra la Resolución Ex. N°730 de 28/, confirmada por Res. Ex. N°171.535 de 12/, que rechazó su solicitud de devolución de PPUA por $214.114.852 y la determinación de pérdidas tributarias del AT 2019. El contribuyente alegó que los ingresos provenientes de la distribución de utilidades de Canal del Fútbol (CDF) a través de la ANFP eran rentas exentas del Impuesto de Primera Categoría según el artículo 39 de la Ley de la Renta, y que debían deducirse conforme al artículo 33 N°2. El Tribunal Tributario y Aduanero de Antofagasta analizó dos aspectos: la naturaleza de dichos ingresos y la procedencia de un gasto específico. Respecto al primer punto, concluyó que no se acreditó que los ingresos fueran exentos, pues la distribución se realizó a la ANFP como socia y no directamente al club, y no se demostró que provinieran de actividades exentas. En cuanto al gasto, acogió la deducción de $1.500.000 correspondiente a una boleta de honorarios por comisión, por estar debidamente respaldada. En consecuencia, acogió parcialmente la reclamación, ordenando al SII dictar los actos administrativos para reconocer dicho gasto y rechazó el resto. No se condenó en costas por no haber sido completamente vencidas las partes.