Resumen del criterio jurisprudencial
Vikerson Janvier, ciudadano haitiano, interpuso recurso de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones por rechazar su solicitud de residencia definitiva y ordenar su abandono del país, basándose únicamente en la falta del certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado o apostillado. El recurrente argumentó que el amparado tiene arraigo familiar en Chile, con pareja e hija chilena de 5 años, y que la medida era desproporcionada y vulneraba el interés superior del niño y la protección de la familia. El Servicio informó que el rechazo se fundó en el artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325, y que se notificó al amparado para subsanar el documento, pero no lo hizo. La Corte consideró que la resolución era desproporcionada al no ponderar el arraigo familiar y la posibilidad de subsanar el documento, afectando la libertad personal y seguridad individual del amparado. En consecuencia, acogió el recurso, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó retrotraer el procedimiento para otorgar un plazo de al menos 180 días al amparado para presentar la documentación faltante, debiendo el Servicio emitir un certificado de trámite y resolver fundadamente en 90 días hábiles.