Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula el derecho de acrecer en asignaciones testamentarias. Establece que este derecho procede cuando los coasignatarios son llamados en una misma cláusula o en cláusulas separadas del mismo testamento, y que si el llamamiento se hace en instrumentos distintos, el anterior se presume revocado en la parte no común con el posterior.