Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, mediante sentencia de 28 de octubre de 2025, acogió la denuncia del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura contra Trusal S.A. por infracciones al artículo 86 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, imponiendo una multa de 100 U.T.M. Trusal S.A. apeló alegando la imprevisibilidad de los hechos y la aplicación de la aminorante de responsabilidad penal del artículo 10 Nº12 del Código Penal. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt, a cargo del Ministro Patricio Rondini Fernández‑Dávila, analizó si las normas penales podían trasladarse al procedimiento administrativo sancionador. La Corte determinó que las reglas del proceso penal no son transmisibles al proceso administrativo y que la aminorante no procede. En consecuencia, desestimó el recurso de apelación y confirmó la sentencia en alzada con costas a favor del demandante. La decisión quedó firmada el 2 de octubre de 2026.