Resumen
El Servicio de Impuestos Internos (SII) denunció a J.C.Y.P. por incurrir en las infracciones del artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario, al haber utilizado 12 facturas falsas emitidas por 7 supuestos proveedores durante los períodos tributarios de junio, septiembre y diciembre de 2016 y febrero, abril, junio y agosto de 2017, con el fin de aumentar indebidamente el IVA crédito fiscal y rebajar la base imponible del Impuesto de Primera Categoría. El SII sostuvo que el contribuyente contabilizó compras inexistentes y que los proveedores presentaban características comunes como domicilios en oficinas virtuales, bajo o nulo entero de impuestos y no registro de compras. El perjuicio fiscal histórico se calculó en $20.047.094, actualizado a $20.831.695. El Tribunal Tributario y Aduanero analizó los antecedentes y concluyó que no se acreditó la comisión del delito descrito. En particular, no se tuvieron por establecidos los requisitos exigidos por el artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario. Por ello, se rechazó el Acta de Denuncia N°3 de 3 de febrero de 2020. La resolución fue dictada el 20 de mayo de 2022 por el juez titular O.M.M..