Civil

Artículo del Código Civil que regula el plazo para que el partidor efectúe la partición…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil que regula el plazo para que el partidor efectúe la partición de bienes en una sucesión por causa de muerte, fijándolo en dos años desde la aceptación del cargo, sin posibilidad de ampliación por el testador, pero sí por los coasignatarios.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.