Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley de Sociedades Anónimas que regula la obligación de quienes mantienen acciones por cuenta de terceros de informar anualmente a la Comisión para el Mercado Financiero la identidad de los titulares reales. Si desconocen dicha identidad, deben publicar avisos de citación y, vencido el plazo de cinco años sin que los interesados se manifiesten, subastar las acciones, quedando el producto a disposición de los reclamantes por un año y, finalmente, a beneficio de los Cuerpos de Bomber