Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula las facultades del albacea testamentario.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula las facultades del albacea testamentario. Permite al testador otorgarle la tenencia de bienes hereditarios, equiparando sus funciones a las de un curador de herencia yacente, con exenciones de caución salvo en casos específicos.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.