Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley General de Urbanismo y Construcciones que regula el procedimiento de término de obras de edificación. Establece la obligación del propietario de presentar ante la Dirección de Obras Municipales una declaración jurada suscrita por el arquitecto, certificando que la obra se ejecutó conforme al proyecto y la normativa aplicable. El archivo de dicha declaración se considera recepción definitiva de la obra para efectos de responsabilidad.