Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno sobre transporte marítimo de mercancías peligrosas. Establece la obligación del cargador de informar y marcar adecuadamente tales mercancías, su responsabilidad por los perjuicios derivados de omitir esa información y la facultad del transportador de descargarlas, destruirlas o neutralizarlas sin indemnización cuando exista peligro real.