Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt, con fecha 25 de septiembre de 2026, conociendo de la apelación, revocó la resolución de primera instancia de 1 de abril del mismo año que no había despachado la orden de arresto. En su lugar, accediendo a lo solicitado por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, declaró que se dispone despachar orden de arresto contra el sentenciado (Sociedad Wendtfish Limitada) por no haber acreditado el pago de la multa impuesta. La decisión se fundamentó en el artículo 125 N°10 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, que ordena el arresto si transcurrido el plazo no consta el pago. Asimismo, se tuvo presente lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. El tribunal de primera instancia deberá adoptar las medidas pertinentes para ejecutar la orden.