Comercial

Artículo del Código de Comercio chileno que regula la extinción de la hipoteca naval.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Comercio chileno que regula la extinción de la hipoteca naval. Establece que la hipoteca de una nave se extingue por venta judicial con citación previa de acreedores hipotecarios preferentes, quienes pueden optar entre el pago sobre el precio del remate o conservar la hipoteca si sus créditos no están devengados. El silencio implica la opción por el pago.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.