TributarioInadmisible

El tribunal tributario y aduanero de la araucanía rechazó el reclamo deducido por el co…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de la araucanía rechazó el reclamo deducido por el contribuyente agrícola santa julia ltda., representada por el abogado shintaro kuramochi duhalde, el que fue interpuesto en contra de liquidaciones que determinaron diferencias de impuesto de primera categoría, del impuesto del artículo 21 de la ley sobre impuesto a la renta producto de la falta de acreditación del gasto y respecto de una resolución que negó la devolución del saldo pendiente por concepto de pago provisional del impuesto de primera categoría del año tributario 2010. consideró al efecto el tribunal que correspondía declarar la inadmisibilidad probatoria respecto de parte de la documentación acompañada por el reclamante en su reclamo, ya que la misma había sido específica y detalladamente solicitada en la citación formulada por el ente fiscalizador, sin que se acompañara en etapa de auditoría ni que se acreditara en juicio alguna causa no imputable que justificara tal omisión. asimismo, en cuanto al fondo, el órgano jurisdiccional estimó que para que procediera rebajar de la renta líquida imponible un gasto, debía acreditarse su existencia con la correspondiente documentación, por lo que era correcta la calificación efectuada por el servicio de impuestos internos en orden a considerarlos como no acreditados o como no necesarios para producir la renta.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.