Resumen del criterio jurisprudencial
Se declara extemporáneo el reclamo deducido, por haber sido presentado fuera del plazo de 90 días establecido en la ley.
Se declara extemporáneo el reclamo deducido, por haber sido presentado fuera del plazo de 90 días establecido en la ley.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.