Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Temuco confirma la sentencia de primera instancia que declara la existencia de una relación laboral entre un abogado contratado a honorarios y la Municipalidad de Temuco desde junio de 2005 hasta octubre de 2021. Se acoge la demanda por despido injustificado y se condena al pago de indemnizaciones por aviso previo, años de servicio, incremento del 50%, feriados y cotizaciones previsionales. Se rechaza la demanda en cuanto a la nulidad del despido. La Corte desestima los recursos de nulidad deducidos por la demandada, confirmando que la contratación a honorarios no exime del cumplimiento del Código del Trabajo.