Resumen del criterio jurisprudencial
El reclamante, contribuyente, solicitó la devolución del Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA) del año tributario 2016. El SII denegó la solicitud por no acreditar la pérdida tributaria, argumentando que los documentos requeridos no fueron presentados oportunamente. El contribuyente dedujo reclamación ante el Tribunal Tributario y Aduanero, sosteniendo que sí presentó los documentos dentro del plazo legal, considerando días inhábiles. Además, inició un proceso de Revisión de Actuación Fiscalizadora (RAV) que también fue resuelto desfavorablemente. El Tribunal acogió la reclamación, dejó sin efecto la resolución del SII y ordenó la devolución del PPUA por $1.905.652, sin condena en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.