Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Europea de Derechos Humanos resolvió que Turquía violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos al imponer una multa administrativa al presidente de Amnistía Internacional Turquía por incumplimiento en la declaración de fondos extranjeros. La sentencia determinó violaciones tanto del artículo 6 (derecho a un juicio justo y falta de motivación) como del artículo 11 (libertad de asociación). Los tribunales domésticos no proporcionaron razones suficientes para sus decisiones, basándose únicamente en el informe de inspección sin responder los argumentos de los demandantes. La Corte concluyó que los demandantes no podían prever si sus declaraciones serían consideradas extemporáneas, incumpliendo el requisito de previsibilidad de la ley.