Civil

Artículo del Código de Procedimiento Civil chileno que regula el comparendo para acorda…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Procedimiento Civil chileno que regula el comparendo para acordar la administración pro indiviso en juicios de partición de bienes. Establece que se citará a todos los interesados y que el comparendo se celebrará con los que asistan, aunque no estén todos presentes.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.