Resumen del criterio jurisprudencial
La Teoría Clásica de la Mora exige, por regla general, el requerimiento o interpelación al deudor para constituirlo en mora, lo que redunda en el hecho de que no puedan cobrarse los perjuicios que se ocasionen en el periodo comprendido entre el incumplimiento de la obligación y la fecha en que se produzca efectivamente dicho requerimiento o interpelación, además de hacer responsable al acreedor de la pérdida de la cosa que se debe por fuerza mayor o caso fortuito durante el periodo antes señalado, impidiéndose la traslación de la carga de los riesgos del cuerpo cierto cuya entrega se deba, a m